PROTECTORES OCULARES Y FACIALES DE MALLA
Categoría II
Documentación asociada al EPI
- Certificado UE expedido por un organismo notificado.
- Declaración UE de Conformidad.
- Folleto informativo.
Normas de consulta
EN ISO 16321-3:2022 - Protección ocular y facial para uso ocupacional. Parte 3: Requisitos adicionales para los protectores de malla.
Los protectores oculares y faciales de malla son equipos que brindan protección a ojos y cara contra riesgos mecánicos, como impactos de partículas y fragmentos.
La norma de referencia, la EN ISO 16321-3, establece requisitos adicionales para los protectores oculares y faciales de malla.
El ámbito de aplicación de la norma EN ISO 16321-3 es el siguiente:
Tabla 1. Ámbito de aplicación de la norma EN ISO 16321-3
| Aplica | No aplica |
|
|
APLICACIONES
Los protectores de malla son adecuados o no para diferentes aplicaciones, como las que se muestra a continuación, por ejemplo:
| Son apropiados | No son apropiadas |
|
|
La normativa aplicable define una serie de niveles de prestación mínimos que se deben cumplir. Aquí destacamos algunas de las más importantes que pueden ser de interés a la hora de la selección del EPI.
Generalidades
Los protectores oculares y faciales de malla deben cumplir con los siguientes requisitos establecidos en la norma EN ISO 16321-1:
- Requisitos generales
- Campo de visión
- Área de protección
- Arneses y bandas de sujeción
- Nivel de impacto básico
- Resistencia a exposición térmica
- Resistencia a la corrosión
- Resistencia a la ignición
- Resistencia a la ignición
- Espacios de ventilación
- Impactos de partículas a alta velocidad (niveles C, D y E)
- Impactos de partículas de alta masa (HM).
Prestaciones a condiciones extremas de temperatura
Los protectores de malla están diseñados para su uso a temperatura ambiental (23 ºC).
No obstante, en la norma EN ISO 16321-3 se contemplan requisitos físicos, ópticos y mecánicos a cumplir en condiciones de temperaturas extremas (-5 ºC y 55 ºC).
Aberturas en los protectores de malla
El número mínimo de aberturas en los protectores de malla debe ser:
- En protectores faciales y gafas de montura integrada de malla: 15 por cm2.
- En gafas de montura integrada: 50 por cm2.
Transmitancia
La transmitancia de los protectores oculares y faciales de malla debe ser mayor del 20 %.
Contacto con partes metálicas de los protectores de malla
Las partes metálicas de los protectores de malla no deben entrar en contacto directo con la cabeza y la cara.
Reflexión
La reflectancia luminosa ρv de la malla en el lado de los ojos no debe ser mayor del 10 %.
Lentes adicionales o alternativas
En caso de que se instalen en lentes adicionales o alternativas en el protector de malla, éstas deben ser conformes con la norma ISO 16321-1.
Asimismo, la lente instalada debe cumplir o superar los requisitos de impacto establecidos para el protector de malla.
El marcado debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Debe ser claro y permanente.
- Debe ser visible cuando el protector está montado y no debe entorpecer el campo de visión.
- Si la malla y la montura forman una sola unidad, el marcado completo se debe mostrar en la montura o en la malla.
- Se deben incluir en el marcado sólo aquellos aspectos indicados en la norma EN ISO 16321-1 que hayan sido ensayados.
Marcado obligatorio de la malla
En el marcado de la malla, se debe incluir la siguiente información:
- Número de la norma (16321).
- Marca identificativa o comercial del fabricante.
- Nivel de impacto.
- Aquella que indiquen las diferentes normativas nacionales o regionales correspondientes.
Marcado obligatorio de la montura
En el marcado de las lentes/filtros, se debe incluir la siguiente información:
- Número de la norma (16321).
- Marca identificativa o comercial del fabricante.
- Nivel de impacto.
- Si el fabricante quiere indicar la talla de la cabeza de ensayo, se deben incluir los siguientes códigos:
- Talla única, con su respectivo código: 1-C12, 1-S,1-M, 1-L ó 2-S,2-M, 2-L.
- Tallas múltiples, indicando el código de la talla más grande respectivamente: Por ejemplo, 1-M/1-L, 2-M/2-L.
- Aquella que indiquen las diferentes normativas nacionales o regionales correspondientes.
Marcado opcional de la malla
En el marcado de la malla, se puede incluir opcionalmente la siguiente información:
- Modelo
- Temperaturas extremas de los ensayos mecánicos y ópticos.
- Aquella que indiquen las diferentes normativas nacionales o regionales correspondientes.
Marcado obligatorio de la montura
En el marcado de las lentes/filtros, se debe incluir la siguiente información:
- Modelo
- Temperaturas extremas de los ensayos mecánicos y ópticos.
- Aquella que indiquen las diferentes normativas nacionales o regionales correspondientes.
Ejemplo de marcado
|
16321 XX C |
|||||
| 16321 | XX | C | |||
| Número de la norma | Identificación del fabricante | Nivel de impacto C | |||
Con cada protector ocular y facial se debe suministrar la siguiente información:
- Nombre y dirección del fabricante.
- Número de la norma (EN ISO 16321-3).
- Modelo de protección.
- Instrucciones de almacenamiento, uso y mantenimiento.
- Instrucciones de limpieza y desinfección.
- Campo de uso, condiciones ambientales de uso, nivel de protección y prestaciones.
- Cabeza de ensayo aplicable según la norma EN ISO 18526-4, por ejemplo “Este protector es adecuado para una cabeza de ensayo 1-S”. Esta información debe suministrarse mediante marcado en la montura o separada en etiquetas, embalaje, etc., acompañando al protector.
- Cualquier advertencia indicada en la norma EN ISO 16321-3.
- Prestaciones evaluadas a temperaturas extremas y los correspondientes límites de temperatura.
- Accesorios y piezas de recambio adecuados, así como las instrucciones sobre el montaje y ajuste. Dichas instrucciones se deben proporcionar con el protector y/o accesorios o piezas de recambio.
- Significado del marcado de la montura y de las lentes o filtros.
- Instrucciones sobre cuándo se debe reemplazar o reparar el protector.
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