PROTECTORES AUDITIVOS. TAPONES DEPENDIENTES DEL NIVEL

Categoría III

EN 352-7:2020

Documentación asociada al EPI

  • Certificado UE expedido por un organismo notificado.
  • Control de la conformidad de los productos fabricados respecto al tipo UE aprobado: control supervisado del producto a intervalos aleatorios (módulo C2) o aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D).
  • Declaración UE de Conformidad.
  • Folleto informativo.

Normas de consulta

  • EN 352-7:2020 - Protectores auditivos. Requisitos de seguridad y ensayos. Parte 7: Tapones dependientes del nivel.

Los tapones son equipos de protección auditivos llevados en cada conducto auditivo externo (aural) o en la concha a la entrada de cada conducto auditivo externo (semiaural).

Los tapones dependientes del nivel proporcionan restauración de sonidos externos, mediante un circuito electrónico de restauración del sonido, además de atenuación de sonidos de niveles altos. Se pueden utilizar en ambientes de ruido intermitente o impulsivo o en situaciones en las que se necesita escuchar sonidos de advertencia externos.

La norma EN 352-7:2020 establece requisitos de fabricación, diseño y prestaciones para los tapones dependientes del nivel.

Para una mejor comprensión, se muestran las siguientes definiciones. Para más información, se pueden consultar las definiciones establecidas en la norma EN 352-7:2020.

  • Nivel de criterio (H): Nivel de presión sonora ponderado A de un ruido H (alto) para el que el nivel de presión sonora relativo al campo difuso equivalente ponderado A supera por primera vez 85 dB (A) utilizando un tapón dependiente del nivel con su circuito de restauración de sonido a máximo volumen.
  • Nivel de criterio (M): Nivel de presión sonora ponderado A de un ruido M (medio) para el que el nivel de presión sonora relativo al campo difuso equivalente ponderado A supera por primera vez 85 dB (A) utilizando un tapón dependiente del nivel con su circuito de restauración de sonido a máximo volumen.
  • Nivel de criterio (L): Nivel de presión sonora ponderado A de un ruido L (bajo) para el que el nivel de presión sonora relativo al campo difuso equivalente ponderado A supera por primera vez 85 dB (A) utilizando un tapón dependiente del nivel con su circuito de restauración de sonido a máximo volumen.

En la selección de los tapones dependientes del nivel, es importante conocer los requisitos mínimos de diseño que son obligatorios según la normativa aplicable. Los tapones dependientes del nivel deben cumplir con los requisitos establecidos para el diseño en la norma EN 352-2:2020 (consultar la ficha correspondiente a esta norma).

La normativa aplicable define una serie de prestaciones mínimas que se deben cumplir. Aquí se destacan los requisitos específicos para los tapones dependientes del nivel. Para las prestaciones genéricas de aplicación para los tapones consultar la norma EN 352-2:2020.

Niveles de criterio

Los niveles de criterio para los sonidos H, M y L se determinan según los procedimientos de ensayo establecidos en la norma EN 13819-3:2019. Los niveles de criterio se muestran en la tabla 1:

Tabla 1. Niveles de criterio
Tipo de tapones dependientes del nivel Niveles de criterio
Destinados a utilizarse solamente en situaciones con ruido impulsivo
  • Nivel de criterio mínimo (H): 85 dB(A).
  • Nivel de criterio mínimo (M): 85 dB(A).
  • Nivel de criterio mínimo (L): 85 dB(A).
Destinados a utilizarse no solamente en situaciones con ruido impulsivo
  • Nivel de criterio mínimo (H): 97 dB(A).
  • Nivel de criterio mínimo (M): 96 dB(A).
  • Nivel de criterio mínimo (L): 94 dB(A).

Si no existe diferencia en el nivel de criterio para el sonido L cuando la funcionalidad dependiente del nivel del tapón está activada o desactivada, no se aplica el nivel de criterio mínimo para este sonido.

El marcado de los tapones dependientes del nivel debe ser el establecido en la norma EN 352-2:2020 (consultar la ficha correspondiente a esta norma).

La información suministrada por el fabricante debe ser la establecida en la norma EN 352-2:2020 (consultar la ficha correspondiente a esta norma). Debe incluir, además, la siguiente información:

  • Número de la norma (por ejemplo, EN 352-7:2020).
  • Indicación que señale que el protector auditivo proporciona una funcionalidad dependiente del nivel.
  • Valores de los niveles de criterio determinados según la norma EN 13819-3:2019.
  • Método de verificación, carga y cambio de baterías.
  • Declaración indicando que las tapones disponen de atenuación dependiente del nivel, debiendo verificar el funcionamiento antes del uso. Si se detecta distorsión o fallo, se deben consultar las recomendaciones para el mantenimiento del fabricante.
  • Advertencia indicando que el desgaste de las baterías puede perjudicar las prestaciones de los tapones, e incluyendo también el período de uso continuo de las baterías cuando están completamente cargadas.
  • En caso de que los tapones estén destinados para utilizarse solamente en situaciones con ruido impulsivo, se debe incluir una advertencia que indique que el protector auditivo no es adecuado para niveles altos de ruido continuos.

PROTECTORES AUDITIVOS. TAPONES DEPENDIENTES DEL NIVEL

Categoría III

EN 352-7:2020

Documentación asociada al EPI

  • Certificado UE expedido por un organismo notificado.
  • Control de la conformidad de los productos fabricados respecto al tipo UE aprobado: control supervisado del producto a intervalos aleatorios (módulo C2) o aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D).
  • Declaración UE de Conformidad.
  • Folleto informativo.

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