PROTECCIÓN OCULAR. REQUISITOS GENERALES

Categoría II

Documentación asociada al EPI

  • Certificado UE expedido por un organismo notificado.
  • Declaración UE de Conformidad.
  • Folleto informativo.

Normas de consulta

EN 166:2001 - Protección individual de los ojos. Especificaciones.

La norma EN 166:2001 establece los requisitos para diferentes tipos de protectores individuales para los ojos.

El ámbito de aplicación de la norma EN 166:2001 es el siguiente:

Tabla 1. Ámbito de aplicación de la norma EN 166:2001

Aplica No aplica
  • Todos los tipos de protectores oculares para diferentes riesgos, que pueden producir lesiones en ojos o alteraciones en la vista, como:
  • Industria.
  • Laboratorios.
  • Centros educativos.
  • Bricolaje.
  • Protectores oculares para soldadura y procesos similares.
  • Protectores oculares provistos de lentes correctoras.
  • Protectores para radiación nuclear, rayos X, rayos láser y radiación infrarroja (IR) emitida por fuentes a baja temperatura.
  • Protectores oculares para los que existen normas específicas, excepto si dichas normas refieren expresamente a la norma EN 166:2001.
  • Protectores oculares para soldadura y procesos similares según la norma EN 175:1997.

Los protectores oculares que cumplen los requisitos de la norma EN 166:2001, tienen el objetivo de brindar protección contra:

  • Impactos de distinta intensidad.
  • Radiaciones ópticas.
  • Metales fundidos y sólidos candentes.
  • Gotas y salpicaduras.
  • Polvo.
  • Gases.
  • Arcos eléctricos de circuito corto.
  • Cualquier combinación de los riesgos anteriores.

Debe seleccionarse el protector que, cubriendo los riesgos, resulte más cómodo. Solicitar una protección no necesaria puede llevar consigo la exigencia de un protector menos confortable.

En la selección de los protectores oculares, es importante conocer los requisitos mínimos de diseño que son obligatorios según la normativa aplicable. A continuación, señalamos algunos de los aspectos más relevantes a tener en cuenta durante la selección de este tipo de EPI.

Construcción

Los protectores oculares no deben presentar protuberancias, aristas vivas o defectos que puedan ser molestos o provocar daños.

Materiales

Las partes de los protectores oculares en contacto directo con el/la usuario/a no deben estar fabricadas con materiales que puedan provocar irritaciones en la piel.

Excepto para una banda marginal de 5 mm de anchura, los oculares no deben tener defectos que puedan alterar la visión, como burbujas, rayaduras, inclusiones, manchas, picaduras, marcas de molde, hebras, rugosidades, descascarillados, hendiduras y ondulaciones.

Bandas de cabeza

Si se utilizan como elemento de sujeción, las bandas de cabeza deben tener, al menos, una anchura de 10 mm en cualquier posición en la que se contacte con la cabeza.

Las bandas pueden ser ajustables o autoajustables.

La normativa aplicable define una serie de niveles de prestación mínimos que se deben cumplir. Aquí destacamos algunas de las más importantes que pueden ser de interés a la hora de la selección del EPI.

Campo de visión

El tamaño de campo de visión se debe determinar según la norma EN 168:2001.

Requisitos ópticos

Las potencias refractivas esférica, astigmática y prismática se deben determinar según la norma EN 167:2001.

Las potencias ópticas en oculares no montados que cubren un sólo ojo se deben medir según la norma EN 167:2001 y la norma EN ISO 8980-3:2022 (oculares correctores).

Las tolerancias admisibles en las potencias ópticas de oculares se muestran a continuación en la Tabla 2 y la Tabla 3:

Tabla 2. Tolerancias admisibles para potencias ópticas de oculares no montados sin efecto corrector que cubren un sólo ojo
Clase Óptica Potencia esférica (D1+D2)/2

(m-1)

Potencia astigmática (D1+D2)

(m-1)

Potencia refractiva prismática

(cm/m)

1 ± 0,06 0,06 0,12
2 ± 0,12 0,12 0,12
Tabla 3. Tolerancias admisibles para potencias ópticas de oculares montados sin efecto corrector y oculares sin montar sin efecto corrector que cubren ambos ojos
Clase Óptica Potencia esférica (D1+D2)/2

(m-1)

Potencia astigmática (D1+D2)

(m-1)

Diferencia de potencias prismáticas (cm/m)
Horizontal Vertical
Base externa Base interna
1 ± 0,06 0,06 0,75 0,25 0,25
2 ± 0,12 0,12 1,00 0,25 0,25
3 + 0,12 0,25 1,00 0,25 0,25
– 0,25

Notas sobre la Tabla 2 y la Tabla 3:

  • D1 y D2 son las potencias ópticas en los dos meridianos principales.
  • En la clase óptica 3, los ejes de los meridianos principales de los dos oculares han de ser paralelos o formar un ángulo máximo de ± 10°.
  • Con oculares que cubren un solo ojo, sólo son admisibles las clases ópticas 1 y 2.
  • La clase óptica 3 es admisible en oculares que cubren ambos ojos.
  • Los oculares de clase 3 no son para uso prolongado.

La potencia refractiva de los cubrefiltros no debe superar los límites de tolerancia para la clase óptica 1.

Transmitancia

Oculares sin acción filtrante: Deben tener una transmitancia mayor de 74,4 %.

Oculares con acción filtrante: Según las normas específicas respecto a los diferentes tipos de oculares.

Variaciones en la transmitancia

Este requisito no aplica a los oculares sin acción filtrante.

  • Oculares sin efecto corrector: Las variaciones en la transmitancia se deben medir según la norma EN 167:2001.
  • Oculares con efecto corrector: Se aplica el requisito anterior para los oculares sin efecto corrector, si no se tienen en cuenta las variaciones en la transmitancia debidas a variaciones en el espesor que no se desvíen más de un factor de 2,68 respecto al valor del centro visual.

La transmitancia en el infrarrojo (IR) y en el ultravioleta (UV) debe cumplir con los requisitos de protección en cada punto del ocular.

Difusión de la luz

Se debe medir según la norma EN 167:2001.

El valor máximo del factor de luminancia reducido debe ser:

  • Filtros de soldadura: 0 cd/(m2·lx).
  • Oculares para protectores contra impactos de partículas a gran velocidad: 0,75 cd/(m2·lx).
  • Resto de oculares: 0,5 cd/(m2·lx).

Resistencia al envejecimiento

Los protectores oculares deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estabilidad a temperatura elevada: No deben mostrar deformaciones si se ensayan según la norma EN 168:2001.
  • Resistencia a radiación ultravioleta (sólo oculares): Si se ensayan según la norma EN 168:2001:
    • La variación relativa de la transmitancia luminosa no debe superar los valores indicados en la Tabla 4.
    • El valor de factor de transmitancia reducido no debe ser mayor que el establecido en el requisito de difusión de la luz.

Tabla 4. Variación relativa admisible del factor de transmisión en el visible tras ensayo con UV

Transmitancia luminosa

Variación relativa admisible

(%)

Inferior a (%) Hasta (%)
100 17,8 ± 5
17,8 0,44 ± 10
0,44 0,023 ± 15
0,023 0,0012 ± 20
0,0012 0,000023 ± 30

Resistencia a la corrosión

Si se ensaya según la norma EN 168:2001, las partes metálicas del protector ocular deben presentar superficies lisas y no estar oxidadas.

Resistencia a la ignición

Si se ensaya según la norma EN 168:2001, el protector ocular no debe arder ni permanecer incandescente una vez apartada la llama.

El marcado debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Debe ser claro y permanente.
  • Debe ser visible cuando el protector está montado y no debe entorpecer el campo de visión.
  • El número de la norma (EN 166) se debe marcar en las monturas y portaoculares. No es necesario que esté marcado en los oculares.
  • La montura y el ocular deben estar marcados por separado. Si forman una unidad inseparable, se debe marcar en la montura.
  • El marcado debe contener la siguiente información:

Significado de los símbolos

  • Campo de uso:
    • Uso básico: Sin símbolo.
    • Líquidos: 3.
    • Partículas de polvo gruesas: 4.
    • Gases y partículas de polvo finas: 5.
    • Arco eléctrico de cortocircuito: 8.
    • Metales fundidos y sólidos calientes: 9.
  • Resistencia mecánica:
    • Resistencia incrementada: S.
    • Impacto de partículas a gran velocidad:
      • Alta energía: A.
      • Media energía: B.
      • Baja energía: F.
    • Impacto de partículas a gran velocidad y a extremas temperaturas:
      • Alta energía: AT.
      • Media energía: BT.
      • Baja energía: FT
  • Diseñado para cabezas pequeñas: H.
  • Clase de protección (sólo filtros): Combinación del número de código + número de sombreado del filtro (véase tabla 1 de la norma EN 166:2001).
    • Filtros de soldadura: Sin número de código.
    • Filtros ultravioletas:
      • Si puede alterar el reconocimiento de los colores: Número de código 2.
      • Si permite buen reconocimiento del color: Número de código 3.
    • Filtros infrarrojos: Número de código 4.
    • Filtro solar:
      • Sin requisitos para el infrarrojo: Número de código 5.
      • Con requisitos para el infrarrojo: Número de código 6.
  • Clase óptica: 1, 2 o 3.

Con cada protector ocular, así como con cada ocular y montura de recambio, se debe suministrar la siguiente información:

  • Nombre y dirección del fabricante.
  • Número de la norma (EN 166).
  • Modelo.
  • Instrucciones de almacenamiento, uso y mantenimiento.
  • Instrucciones de limpieza y desinfección.
  • Campo de uso, nivel de protección y prestaciones.
  • Accesorios y piezas de recambio adecuados, así como las instrucciones sobre el montaje.
  • Si aplica, fecha límite de utilización o duración de la puesta fuera de servicio del protector y/o piezas sueltas.
  • Si aplica, tipo de embalaje adecuado para el transporte.
  • Significado del marcado de la montura y ocular.
  • Si aplica, advertencia indicando que los oculares de clase óptica 3 no se deben utilizar durante largos periodos de tiempo.
  • Advertencia sobre la compatibilidad de los marcados.
  • Advertencia indicando que los materiales que en contacto con la piel pueden provocar alergias.
  • Advertencia indicando la recomendación de reemplazar los oculares rayados o deteriorados.
  • Advertencia indicando que los protectores oculares contra impactos de partículas a gran velocidad sobre gafas correctoras pueden permitir la transmisión de impactos.
  • Nota indicando que, si se requiere la protección contra impactos de partículas a gran velocidad a temperaturas extremas, el protector debe marcarse con la letra T a continuación de la letra indicadora del tipo de impacto (por ejemplo: FT, BT o AT). Si no incluye dicha letra T, el protector ocular sólo podrá utilizarse contra impactos de partículas a gran velocidad a temperatura ambiente.

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