FILTROS PARA EL ULTRAVIOLETA

Categoría II

Documentación asociada al EPI

  • Certificado UE expedido por un organismo notificado.
  • Declaración UE de Conformidad.
  • Folleto informativo.

Normas de consulta

EN 170:2002 - Protección individual de los ojos. Filtros para el ultravioleta. Especificaciones del coeficiente de transmisión (transmitancia) y uso recomendado.

La norma EN 170:2002 establece los requisitos para los filtros de protección contra la radiación ultravioleta.

El resto de los requisitos aplicables a estos filtros y a las monturas con las que se utilizan son los establecidos en la norma EN 166:2001.

TIPOS DE PROTECTOR OCULAR

Debe seleccionarse el protector que, cubriendo los riesgos, resulte más cómodo. Solicitar una protección no necesaria puede llevar consigo la exigencia de un protector menos confortable.

DESIGNACIÓN

La designación de los filtros para el ultravioleta se debe llevar a cabo conforme a la norma EN 166:2001. La clase de protección de estos filtros está compuesta por el número 2, junto con el nivel de protección del filtro. Abarca de 1,2 a 5, según la norma EN 170:2002.

Para la selección de la clase de protección de un filtro para soldadura, se depende de diversos factores:

  • Protección contra radiación ultravioleta: Los filtros de protección contra la radiación ultravioleta se deben seleccionar según la Tabla 1. Estos filtros tienen la función de bloquear o reducir la exposición a la radiación ultravioleta, que puede ser perjudicial para los ojos y la piel.
  • Coloración amarillenta y percepción del color: Algunos de estos filtros de protección UV pueden tener una coloración amarillenta, que puede afectar la percepción del color. Es importante tener esto en cuenta, especialmente en aplicaciones donde la precisión en el reconocimiento del color es crucial, como en trabajos que involucran colores específicos o señales de advertencia.
  • Filtros UV con reconocimiento mejorado del color: Para situaciones donde la identificación precisa de los colores es importante, se recomienda utilizar filtros UV que tengan un reconocimiento mejorado del color.
  • Visión directa de fuentes luminosas brillantes: Los filtros para el ultravioleta conformes con la norma EN 170:2002, no son adecuados en situaciones en las que se requiere visión directa de fuentes luminosas brillantes, como lámparas de arco de xenón de alta presión o arcos de soldadura. Para estas aplicaciones, se debe usar un filtro conforme con la Norma EN 169:2002.
  • Restricciones para personas con fotofobia o tratamientos médicos: Las características que se muestran en la Tabla 1 no son aplicables a personas que tengan fotofobia o estén bajo tratamiento médico que pueda aumentar la sensibilidad de los ojos a la radiación óptica.
Tabla 1. Denominaciones, propiedades y aplicaciones específicas
Clase de protección Percepción del calor Aplicaciones típicas Fuentes típicasa

2-1,2

2-1,4

2-1,7

Se puede alterar, excepto en los filtros de grado de protección 2C. Para protegerse de radiación ultravioleta permanente a menos de 313 nm de longitud de onda, y si el deslumbramiento no es importante.

Abarca la banda UVC y la mayor parte de la UVBb.

Lámparas de mercurio de baja presión, como las que estimulan la fluorescencia o «lámparas negras», lámparas actínicas y lámparas germicidas.

2-2

2-2,5

Se puede alterar, excepto en los filtros de grado de protección 2C. Para protegerse de radiación intensa en ambas regiones espectrales, UV y visible, que requieren atenuación del espectro visible. Lámparas de mercurio de media presión, como las lámparas fotoquímicas.

2-3

2-4

Lámparas de mercurio de alta presión y lámparas de haluros metálicos, como las lámparas solares de solariums.
2-5 Sistemas de lámparas pulsadas. Lámparas de mercurio de alta y muy alta presión, como las lámparas solares para solariums.
a: Ejemplos orientativos.

b: A longitudes de onda recomendadas CIE (de 280 nm a 315 nm para UVB y 100 nm para UVC).

El marcado debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma EN 166:2001.

Ejemplo de marcado de los filtros para el ultravioleta:

Con cada protector ocular se debe suministrar la siguiente información:

  • Nombre y dirección del fabricante.
  • Número de la norma (EN 170).
  • Modelo.
  • Instrucciones de almacenamiento, uso y mantenimiento.
  • Instrucciones de limpieza y desinfección.
  • Campo de uso, nivel de protección y prestaciones.
  • Accesorios y piezas de recambio adecuados, así como las instrucciones sobre el montaje.
  • Si aplica, fecha límite de utilización o duración de la puesta fuera de servicio del protector y/o piezas sueltas.
  • Si aplica, tipo de embalaje adecuado para el transporte.
  • Significado del marcado.
  • Si aplica, advertencia indicando que los oculares de clase óptica 3 no se deben utilizar durante largos periodos de tiempo.
  • Advertencia sobre la compatibilidad de los marcados.
  • Advertencia indicando que los materiales que en contacto con la piel pueden provocar alergias.
  • Advertencia indicando la recomendación de reemplazar los oculares rayados o deteriorados.
  • Advertencia indicando que los protectores oculares contra impactos de partículas a gran velocidad sobre gafas correctoras pueden permitir la transmisión de impactos.
  • Nota indicando que, si se requiere la protección contra impactos de partículas a gran velocidad a temperaturas extremas, el protector debe marcarse con la letra T a continuación de la letra indicadora del tipo de impacto (por ejemplo: FT, BT o AT). Si no incluye dicha letra T, el protector ocular sólo podrá utilizarse contra impactos de partículas a gran velocidad a temperatura ambiente.

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